Desde mañana, se exigirá PCR o Test Rápido negativo para ingresar a Chaco

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Con la entrada en vigencia del Decreto 03/2022 rubricado este miércoles 5 de enero por el gobernador Jorge Capitanich, desde el jueves 6 se exigirá como requisito a toda persona mayor de 18 años que desee ingresar a la provincia acreditar un testeo de diagnóstico PCR RT realizado con 24 a 72 horas anteriores al ingreso o Test Rápido negativo de 24 horas anteriores. “En caso de no contar con este certificado, la persona no podrá ingresar a la provincia”, aseguró a la Agencia FOCO el subsecretario de Seguridad Vial y Ciudadana, Juan Basail.

Están alcanzadas en esta normativa todas las personas ocupantes de un vehículo particular o que transite en cualquier medio de movilidad: “Es decir, autos particulares, motovehículos, colectivos y camiones, etc”, amplió el funcionario provincial. Del mismo modo, Basail solicitó a todas las personas que tengan previsto vacacionar en otras provincias o efectúen alguna salida de la provincia, colaborar con la Policía Caminera y tener al momento del control el certificado del PCR (siglas en inglés de ‘Reacción en Cadena de la Polimerasa) y facilitar la fluidez del tránsito. “Es importante destacar que todas las personas que salen de la provincia a su regreso deben contar con esta prueba de testeo negativo, el que será constatado a través del Pase Sanitario o el certificado del PCR”, concluyó.

No vacunados y exceptuados

El Decreto ratifica el funcionamiento y utilización del “Pasaporte Chaco” que debe gestionarse a través de la plataforma web “Tu Gobierno Digital” y también establece que a fin de fortalecer el control y seguimiento, una vez en territorio provincial, las personas sin vacunación o con esquema incompleto deberán aislarse en domicilio particular y realizar testeo entre el tercer y quinto día de ingreso a la Provincia para su posterior control.

Se exceptúan de lo dispuesto en este apartado:

–           Personas que acrediten la necesidad de ingresar por tratamientos médicos, de alta complejidad, urgencias o con turnos programados.

–           Personas afectadas a servicios de salud y fuerzas de seguridad en cumplimiento de sus funciones.

–           Personas en tránsito, incluyéndose aquellas que brindan servicios de transporte, construcción, industria maderera, forestales, producción primaria y logística.

–           Personas que acrediten en forma fehaciente trabajos y/o actividades en ciudades vecinas distantes a no más de 100 kilómetros y/o que deban realizar trámites esenciales y/o que permanezcan fuera de la Provincia menos de 72 horas.

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