Se trata de dos iniciativas legislativas que agilizan el proceso de denuncia e intervención tanto judicial como policial en casos de violencia de género. De esta manera, el Estado avanza hacia una Justicia más ágil, más transparente y más eficaz, lejos de los laberintos a los que se ve envuelto el justiciable cada vez que acude al sistema judicial.
El gobernador de la provincia, Jorge Capitanich, presentó una iniciativa legislativa que posibilitará que las personas en situación de violencias por razones de género obtengan una respuesta más rápida de la Justicia.
Se trata de los proyectos legislativos N°526 y N°527 /2021, que reforman la Ley Provincial 1886-M que regula el proceso judicial para el dictado de medidas de protección ante hechos de violencias por razones de género, como así también el Código Procesal Civil y Comercial de la provincia que consagra a estas medidas como autosatisfactivas, entendiendo que es necesario y urgente poder intervenir, proteger y prevenir hechos de violencias.
“Estas medidas tienen una naturaleza proteccional, y lo importante es que es de carácter urgente, a fin de hacer cesar la situación de violencia que vulnera a la persona, garantizándole seguridad como también la prevenir o evitar la repetición de actos que configuren violencia de género”, sostuvo la subsecretaria de Justicia de la provincia, Lourdes Polo Budzovsky.
Explicó que, de aprobarse los proyectos presentados por el Ejecutivo provincial, se estará garantizando la realización de un procedimiento más genuino, rápido, es necesario y oportuno para que las personas que sufren violencias por razones de género obtengan las medidas de protección. “Esto nos permitirá seguir derribando barreras para el acceso a justicia de este grupo vulnerable”, remarcó la subsecretaria de Justicia.
“Como Estado Provincial, asumimos el compromiso y la obligación de adoptar medidas efectivas que aseguren la prevención, la investigación, sanción y la reparación de los actos de violencia contra las mujeres”, sostuvo la vicegobernadora de la provincia, Analía Rach Quiroga.
Por otra parte, remarcó la “necesidad del Estado de construir los caminos para que las mujeres y las disidencias obtengan en un recurso sencillo y rápido ante los funcionarios judiciales, que las ampares contra actos que violen sus derechos actuando con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer”
Los proyectos
Los proyectos enviados por el Gobernador, ingresaron a comisiones en la Cámara de Diputados de la provincia del Chaco. Establecen que cualquier magistratura interviniente, es decir un juez, jueza o equipo fiscal tendrá amplias facultades para ordenar e impulsar el proceso, debiendo disponer las medidas que fueren necesarias de manera inmediata para indagar los sucesos, ubicar el paradero del presunto agresor y proteger a quienes corran el riesgo de padecer nuevos actos de violencia.
Asimismo, en los casos en que las modalidades de violencias por razones de género, tengan como víctimas directas o indirectas niñas, niños y adolescentes hijos del agresor, deberá dictar la exclusión automática del hogar, a lo que sumará el dictado de una orden de restricción de acercamiento en forma preventiva, y se ordenará la suspensión provisoria del régimen de comunicación hacia los hijos/hijas si los tuvieran.
La magistratura interviniente también tendrá facultades para dictar, a favor de la persona agredida, el uso de los bienes muebles e inmuebles, incluidos aquellos de titularidad del agresor, el otorgamiento de una cuota alimentaria provisoria junto a la administración de activos financieros con oportuna rendición de cuentas, si correspondiere.
Por otra parte, los proyectos de ley establecen que se deberá propiciar que la persona que se encuentra en situación de violencia y sus hijas e hijos si los tuviera recurra a un programa de asistencia a víctimas de violencia por razones de género.
Para el agresor, habrá control y monitoreo mediante pulsera, brazalete o dispositivo tecnológico hasta el levantamiento de la restricción mediante certificación de profesional competente y a su vez se encontrará al seguimiento y contención y/o tratamiento psicológico que resulte procedente conforme lo dictaminen las autoridades y profesionales médicos intervinientes como así también ordenar, a registración del agresor en el Registro Único de casos de Violencia de Género, creado por Ley N° 2833-J, de acuerdo al funcionamiento establecido por el Decreto Provincial N° 634/2020. en el marco de la Red de Victimo-Asistencia que depende de la Secretaria de Derechos Humanos y Géneros de la provincia.
Recepción de la denuncia policial
Los proyectos de ley introducen medidas importantes en el ámbito de la Policía del Chaco para las víctimas que realicen una denuncia policial. De esta manera, se establece la obligatoriedad de las fuerzas policiales de la provincia de tomar la denuncia por violencia de género y de remitirla de manera inmediata a la autoridad judicial antes del cumplimiento de 24 horas.
Un punto importante a resaltar de este proyecto es la regulación de las funciones de funcionarios judiciales y policiales, así como de agentes sanitarios y de cualquier otra persona que ejerza funciones públicas respecto a su rol de asistencia a las víctimas por razones de violencia de género.
En efecto, deberán dictar las medidas de protección integral de manera inmediata y preventiva según lo establecido en el art. 6 bajo apercibimiento de sanción civil, y/o administrativa. Asimismo, su incumplimiento configuraría el delito conforme art. 248 del C.P. y concordantes, siendo causal de jury.
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