En el latín es donde se encuentra el origen etimológico de la palabra director. En concreto, procede de la suma de tres componentes de dicha lengua: el prefijo “di-“, que es equivalente a “divergencia”; el verbo “regere”, que es sinónimo de “regir”, y el sufijo “-tor”, que puede utilizarse como “agente”.
En los centros escolares, por ejemplo, también hay un director. Este cuenta con una amplia serie de funciones que debe llevar a cabo para el correcto funcionamiento del colegio, instituto o universidad.
Son el personal docente de mayor jerarquía escalafonaria de la Institución y tienen la enorme responsabilidad de conducirlas y representarlas, en el marco de la política educativa, las normativas vigentes y el Proyecto Institucional.
Su accionar se enmarca en el Reglamento de Instituciones Educativas. Sus tareas, previstas en los artículos 38 al 42 y los artículos 47 y 48, comprenden la responsabilidad de conducir los procesos de implementación del diseño curricular respectivo y del Proyecto Institucional según las siguientes dimensiones de actuación:
1. Lo pedagógico, en tanto actos educativos en el marco del artículo 30 y concordantes del presente
2. Lo administrativo, en tanto antecedente y expresión documental de la tarea institucional
3. Lo sociocomunitario, en tanto condición necesaria de la relación de la institución con el contexto.